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Foto del escritorCdor. Leandro E. Frete

Créditos a tasa 0: las principales dudas y consultas de los monotributistas

El crédito a tasa 0% para monotributistas y autónomos es parte del paquete de asistencia que ofrece el Estado para paliar los efectos que la cuarentena tuvo en los ingresos de los trabajadores. De todas formas, desde que se anunció su lanzamiento, se suscitaron en torno al beneficio infinidad de dudas sobre cómo iba a aplicarse, desde cuándo y quiénes podrían acceder a él.


A continuación detallaremos las preguntas frecuentes que nuestros clientes nos han realizado a lo largo de estas semanas con el fin de dar claridad sobre puntos generales:


Preguntas y Respuestas


¿Cuáles son los requisitos para acceder al Crédito?


  • Estar inscripto en el Monotributo en cualquier categoría, desde la A a la K.

  • No debes estar encuadrado en situación crediticia 3, 4, 5 o 6. En caso de varias situaciones crediticias informadas, se considerará la correspondiente al monto de deuda más alto. Es decir, no debes tener deudas con atraso en el pago de más de 90 días.

  • No prestar servicios al sector público nacional, provincial o municipal por un importe superior al 70% de la facturación en el período 12/03 al 12/04/2020.

  • No trabajar en relación de dependencia.

  • No ser beneficiario de una jubilación. Podes ser beneficiario de una pensión.

  • Que se haya verificado una disminución del monto de tu facturación electrónica del 12/03/2020 al 12/04/2020, de acuerdo con determinados parámetros.

  • En el caso que la AFIP no cuente con la información de tu facturación electrónica del 12/03/2020 al 12/04/2020, tus compras no deben haber superado determinados parámetros.


¿Cuándo estará habilitado el sistema para la solicitud del crédito a tasa 0%?


A partir de la primer semana de mayo se habilitará el sistema para poder cursar la solicitud.


¿Cómo debo hacer la solicitud?


Cuando el sistema esté habilitado, el usuario encontrará una solapa en la web de AFIP que dirá “créditos a tasa cero” y allí se le informará si su condición y sus parámetros coinciden para solicitar el préstamo, como así también el monto que podrá pedir según su categoría. Se le pedirá que especifique su banco, la clave de CBU y número de su tarjeta de crédito en donde se le acreditará el saldo (será en tres cuotas mensuales y consecutivas).Luego, la AFIP le informará al Banco Central para que lo valide y luego, el BCRA será quien le comunique a los bancos para que sepan cuáles son los montos a otorgar. Las entidades tendrán un máximo de 48 horas para hacer la operación y no podrán rechazarla.


¿Cómo se acreditará el Beneficio?


Será un saldo a favor en la tarjeta de crédito del usuario, que desde octubre deberá comenzar a cancelarlo en doce cuotas sin interés.


¿Quiénes NO podrán gozar del beneficio?


  • Monotributo Categoría A y B que fueron beneficiarios de IFE, quedan afuera del Crédito.

  • Monotributo o Autonomos que le facturan al sector público nacional, provincial o municipal, quedan afuera del Crédito.

  • Monotributo que esta en relación de dependencia, quedan afuera del Crédito.

  • Monotributo que a su vez es jubilado o pensionado, quedan afuera del Crédito.

  • Monotributo que hayan hecho compra mayor al 80% de sus ingresos promedio mensual, quedan afuera del crédito.

Para consultas contactarse con el Cdor. Leandro Frete al siguiente mail: leandro.frete@estudiofrete.com









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